Certificado de antecedentes penales

Certificado de Antecedentes Penales

Las autoridades españolas exigen que los ciudadanos extranjeros presenten un certificado de no convicción de su antiguo país de residencia cuando presenten documentos para una variedad de procedimientos: legalización o registro de permisos de residencia, adquisición de bienes inmuebles en la denominada zona militar (La más famosa es la de Orihuela Costa en el sur de la Costa Blanca) y para el registro de matrimonio.

Un certificado sobre la ausencia de antecedentes penales debe obtenerse personalmente o por medio de un representante,

En los casos en que se trate del lugar de registro del interesado en el país de residencia. Emiten certificados de la forma establecida. En el original del certificado es necesario poner el apostil de la misma instancia mencionada. Además el certificado con el apostil debe ser traducido al español y enviado al Consulado General de España.

Si el certificado no fue enviado al consulado español,

Puede traducirse en España a través de un intérprete oficial o departamento consular. Sin embargo, esto no significa que las autoridades españolas acepten dicho certificado. El poder para obtener un certificado en la instancia mencionada arriba puede ser emitido en la sección consular de su embajada en Madrid.

APOSTIL:

Se trata de una forma simplificada de legalización de documentos para los países que participan en el Convenio de La Haya. Para hacer un apostil, es necesario tener un documento notariado.

LEGALIZACIÓN:

Los documentos emitidos y válidos en el territorio de un Estado sólo podrán ser utilizados en el territorio de otro Estado después de haber sido legalizados de conformidad con el procedimiento establecido.

Hay una serie de documentos que no pueden ser legalizados y apostillados:

  • Originales y copias de pasaportes.
  • Boletos sindicales.
  • Libros de trabajo.
  • Boletos militares
  • Documentos de identidad.
  • Libros de pensiones.
  • Licencia de conducir.
  • Características.
  • Documentos sobre pertenencia a fincas y religiones.